Noticias

El COVM responde a la demanda de información de sus colegiados sobre la prevención de riesgos laborales, aplicada a la clínica de pequeños animales

Ayer se congregaron más de 70 clínicos de animales de compañía en una jornada con la que el COVM quiso responder a la demanda de información de sus colegiados respecto a las obligaciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales que tienen los centros veterinarios, su trascendencia e implicaciones legales

Viernes, 15 de noviembre de 2013

El Presidente del COVM, Felipe Vilas, fue el encargado de presentar la jornada y recordó a los presentes la importancia de esta materia y la intención del Colegio de responder a las demandas de sus colegiados en materia de formación en este u otros temas que sean de su interés.

A continuación el ponente Ignacio García Gómez, tomó la palabra para comenzar su charla que estructuró en dos partes: características generales de la normativa en cuanto a prevención de riesgos laborales (PRL) y factores específicos asociados a los centros de medicina veterinaria de animales de compañía.


De izquierda a derecha: el Scretario del COVM, José Luis Iglesias, el Presidente Felipe Vilas e Ignacio García, ponente de la charla

Según explicó, todo está definido en la normativa vigente que establece que, en empresas de menos de 10 empleados, como es el caso de muchas clínicas veterinarias, es el propio empresario el que puede ocuparse de llevar a cabo el Plan de prevención de riesgos laborales. En empresas con mayor número de empleados ya existe la obligación de designar uno o varios Delegados de prevención de riesgos laborales, con una formación específica para ello o contratar un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) para que lleve la gestión administrativa de todo este tema.

García Gómez  recomendó a los asistentes más la opción de contratar un SPA ya que, según dijo, el llevar todo el Plan de PRL personalmente el veterinario puede implicar que, si se comente algún error, generalmente por desconocimiento, las sanciones que pueden serle aplicadas en caso de un accidente laboral pueden ser muy elevadas.

Explicó que, aparte de la "Mutua de accidentes" que se asigna al trabajador cuando se le contrata y que se ocupa de la parte asistencial (asistencia médica en caso de accidente), existe otra parte administrativa que es el "Plan de prevención de riesgos laborales" que debe estar adaptado a la actividad de cada clinica, el equipamiento y las instalaciones que posee, etc y, por otro lado, debe existir lo que se llama un "Servicio de Vigilancia de la Salud" (revisiones médicas periódicas a los empleados) que se debe ofrecer a cada empleado aunque éste puede aceptarlo o rechazarlo, en cuyo caso, el empresario debe solicitar que el empleado renuncie por escrito a dicho servicio y para así quedar eximido de la responsabilidad por este apartado.

Los trabajadores deben conocer este Plan y firmarlo lo que implica que conocen los riesgos (físicos, químicos, biológicos y psicológicos), las medidas preventivas, el plan de emergencias, la descripción y uso de los equipos de protección individual (chalecos protectores rayos X, botas, guantes, gafas protectoras, etc) y las funciones de trabajo (limpieza, administración, auxiliares, facultativo y colaboradores).


La jornada despertó una gran interés entre los clínicos de animales de compañía

Lo más importante de este Plan es que el veterinario se preocupe de que la identificación y evaluación de riesgos incluya lo que más se ajusta a la actividad en su clínica (ej: mordeduras de animales, toxicidad de productos químicos, fármacos citostáticos, rayos X, etc). Si se produce un accidente laboral que no está contemplado en el Plan de PRL (ejemplo: un perro muerde a un empleado y en el Plan no estaban incluidas las mordeduras de animales), la indemnización que recibe el trabajador deberá ser "costeada" en un 80 % por la empresa lo que, en caso de un accidente que resultase en una incapacidad laboral permanente, podría ser una suma muy elevada.

Por eso es fundamental que los trabajadores conozcan todo el plan de PRL y los protocolos y medidas preventivas: cuando usar guantes, colocar bozales a los perros, utilizar los mandiles de rayos x, la evacuación en incendios, etc.

Cuando los trabajadores firman el Plan, están asumiéndolo  y si se produce un accidente porque el trabajador no ha respetado las medidas preventivas contempladas en el Plan (ej: no poner el bozal a un animal o no utilizar guantes manejando un citostático, etc), lo que le ocurra ya no es responsabilidad del empresario sino que se trataría de una negligencia del trabajador.

Un dato importante es que la PRL solo se aplica si se trata de una empresa con trabajadores con contrato laboral. Si es por ejemplo un veterinario autónomo el que lleva la clinica y colabora, con una relación mercantil con otro profesional autónomo (veterinario, peluquero, etc) no es de aplicación la Ley de PRL. Sin embargo, si el veterinario tiene empleados con contrato laboral y recibe esporádicamente la ayuda de un profesional autónomo, éste deberá firmar el Plan de PRL.

Ignacio García destacó el hecho de que, en los últimos años, se han producido numerosas inspecciones a centros de medicina veterinaria por lo que es fundamental contar con un Plan de Prevención de riesgos Laborales adecuado a las características específicas de cada centro y actualizarlo anualmente ya que, además de la obligación de velar por la salud de los trabajadores , los empresarios, por el bien de sus negocios, deben evitar sanciones que, según la legislación vigente,  en función de si son de grado mínimo, medio o máximo, oscilan entre 40 y 819.780  euros.